PRESENTACIÓN
La liquidación del impuesto sobre sociedades, supone aplicar al resultado contable obtenido, aquellas diferencias permanentes y temporarias, según los criterios tributarios de la Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades, los incentivos fiscales oportunos, los correspondientes tipos impositivos, y hay que distinguir los diferentes tipos de sociedades, novedades fiscales aplicables, y aquella información y criterios a tener en cuenta en la declaración del propio modelo 200 del periodo impositivo de 2024.
PROGRAMA
Cualquier duda sobre el funcionamiento de zoom, contactad con la Escuela de Auditoría vía correo electrónico: eda@auditorscensors.com o telefónicamente: 932803100
PAGO
Nº Cuenta: IBAN ES14 2100 6522 9122 0075 1668
SWIFT/BIC: CAIXESBBXXX
La liquidación del impuesto sobre sociedades, supone aplicar al resultado contable obtenido, aquellas diferencias permanentes y temporarias, según los criterios tributarios de la Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades, los incentivos fiscales oportunos, los correspondientes tipos impositivos, y hay que distinguir los diferentes tipos de sociedades, novedades fiscales aplicables, y aquella información y criterios a tener en cuenta en la declaración del propio modelo 200 del periodo impositivo de 2024.
PROGRAMA
- Principales novedades fiscales del ejercicio 2024:
- Libertad de amortización instalaciones con energía renovable
- Libertad de determinados vehículos afectos a actividades económicas
- Ampliación a los ejercicios 2024 y 2025 de medidas temporales en la determinación de la BI en el régimen de consolidación fiscal.
- Revisión de los tipos impositivos: empresas emergentes, tipos gravamen reducido por microempresas, entidades de nueva creación.
- Especialidades en la reserva de capitalización y novedades.
- Nueva vigencia de la reversión de pérdidas por deterioro (Ley 7/2024)
- Datos fiscales AEAT a contrastar y magnitudes relevantes y revisión contenido declaración Modelo 200: cifra de negocio, gastos de personal, datos IAE, información de carácter mercantil, sanciones tributarias y otras partidas fiscalmente no deducibles, información de los remanentes pendientes de las diferencias temporarias, información de carácter contable. Revisión de cuestiones principales del Modelo 200.
- Aspectos principales del Modelo 200: Ajustes fiscales más significativos en la conciliación resultado contable y base imponible: diferencias permanentes y temporarias, e información necesaria a mencionar.
- Prevenciones tributarias y criterios de auditoría respecto a los movimientos financieros societarios realizados de cobros y pagos (cuentas de socios y otros, justificantes en movimientos bancarios).
- Aspectos relativos a diferentes tipos societarios: Dinámica de las sociedades holding (criterios jurisprudenciales), sociedades de carácter profesional con escasa estructura y problemática fisca. Empresas de reducida dimensión familiar y que formen parte de grupos mercantiles, entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas (bonificación aplicable y sus criterios), sociedades patrimoniales. Menciones en la propia declaración modelo 200 ejercicio 2024.
- Incentivos fiscales de las empresas de reducida dimensión y los de carácter general. Aplicabilidad, de acuerdo con el artículo 101 y siguientes. Aplicación de la Reserva de capitalización y de nivelación. Cambios en donaciones a entidades sin ánimo de lucro. Deducciones culturales (art. 39.7 Ley 27/2014 IS). Deducciones I+D+i vs Patent Box. Deducciones por creación puestos de trabajo por discapacidades.
- Tipos impositivos por empresas que inicien nuevas actividades de carácter general (grupos empresariales), las cualificadas como “empresas emergentes”, microempresas y ERD: cambios progresivos a partir 2025. Tipos impositivos de sociedades profesionales.
- Exención parcial por dividendos percibidos en la participación en otras sociedades, y por la transmisión de participaciones (art. 21 Ley 27/2014 IS). Criterios en la liquidación de sociedades. Grupos holdings creados segundos el Régimen fiscal protegido IS.
- Actualización tributaria: criterios retributivos de los administradores: últimas sentencias y aplicabilidad de su deducción fiscal, gastadas fiscalmente no deducibles según el artículo 15 LIS, compensación de BIN negativas y comprobaciones de la AEAT.
Cualquier duda sobre el funcionamiento de zoom, contactad con la Escuela de Auditoría vía correo electrónico: eda@auditorscensors.com o telefónicamente: 932803100
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Nº Cuenta: IBAN ES14 2100 6522 9122 0075 1668
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